Pasos a seguir al comprar un inmueble
Según el Instituto Nacional de Estadística (INE) en el año 2021 se vendieron más de 565000 inmuebles en España siendo este número un 34% más respecto al año 2020, donde, por motivos asociados al Covid-19 esta cifra fue inusualmente baja.
Este número supone que al día se venden en nuestro país más de 1500 viviendas alrededor de toda nuestra geografía.
Ante esto, son muchas las personas que no tienen del todo claro qué se debe hacer una vez se formaliza la compraventa de un inmueble.
En el siguiente artículo comentaremos los pasos más importantes que se deben realizar al hacer efectivas este tipo de operaciones.
Y es que el hecho de tener la casa reservada y la hipoteca concedida es solo el principio de las acciones a realizar.
Qué hacer después de comprar mi nueva vivienda
Firma de escrituras
Partimos por el principio; se debe escriturar el inmueble y realizar las gestiones de notaría que atestigüen la propiedad del mismo. Hasta este momento la propiedad no es efectiva.
Se trata de un acto rápido pero que se debe organizar con tiempo debido a la importancia del mismo.
Este trámite es el proceso de compra de la vivienda en sí misma. A partir de ese momento, serás el propietario oficialmente de la vivienda.
Pago de impuestos
Al escriturar la compraventa te verás obligado a pagar una serie de impuestos, que dependen en primer lugar de la comunidad autónoma donde se encuentre el inmueble y en segundo lugar de si la vivienda es nueva o por el contrario es de segunda mano.
En caso de que sea obra nueva se debe pagar el IVA además del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (Este último varía en función de la ubicación), haciendo distinciones entre comunidades autónomas, oscilando entre el 1% y el 1,5%
Si por el contrario se trata de una vivienda de segunda mano se deberá hacer el pago correspondiente al impuesto de transmisiones patrimoniales, que también sufrirá algunas variaciones dependiendo de lo que dicten las autonomías, oscilando entre el 6% y el 10%.
Inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad
Una vez se haga efectiva la firma de la compraventa que te convierte en propietario, dispondrás de sesenta días naturales para realizar dicha inscripción en el registro.
Dicho trámite acarrea un coste asociado que supone un porcentaje pequeño del precio de venta, esta gestión puede realizarla la propia notaría donde se firma la escritura.
Una vez hecha efectiva la inscripción, aparecerá dicho cambio de titular en el Catastro.
Solicita el alta de suministros
Una vez se tienen estas gestiones realizadas, no debemos olvidar solicitar el alta de los suministros básicos de luz, agua y gas, esto también dependerá de la naturaleza de la casa;no supone lo mismo en una vivienda nueva, donde se debe dar de alta la luz por primera vez a el caso de que la vivienda sea de segunda mano, donde se debe realizar un cambio de titularidad, que generalmente será más sencillo que partir desde cero. Lo mismo sucede con el resto de suministros, donde debemos buscar siempre la opción que más concuerde con nuestras necesidades y estilo de vida.
Cada día son más las compañías que ofrecen este tipo de servicios, generando una mayor competencia, cierto es que en los últimos tiempos se han producido desajustes del precio a todos los niveles, especialmente en el sector energético, por lo que cobra mayor sentido el hecho de comparar minuciosamente el precio del gas ofrecido por las distintas comercializadoras, pues así obtendremos la oferta que mejor se adapte a nosotros.
Pasos a seguir al comprar un inmueble
Según el Instituto Nacional de Estadística (INE) en el año 2021 se vendieron más de 565000 inmuebles en España siendo este número un 34% más respecto al año 2020, donde, por motivos asociados al Covid-19 esta cifra fue inusualmente baja.
Este número supone que al día se venden en nuestro país más de 1500 viviendas alrededor de toda nuestra geografía.
Ante esto, son muchas las personas que no tienen del todo claro qué se debe hacer una vez se formaliza la compraventa de un inmueble.
En el siguiente artículo comentaremos los pasos más importantes que se deben realizar al hacer efectivas este tipo de operaciones.
Y es que el hecho de tener la casa reservada y la hipoteca concedida es solo el principio de las acciones a realizar.
Qué hacer después de comprar mi nueva vivienda
Firma de escrituras
Partimos por el principio; se debe escriturar el inmueble y realizar las gestiones de notaría que atestigüen la propiedad del mismo. Hasta este momento la propiedad no es efectiva.
Se trata de un acto rápido pero que se debe organizar con tiempo debido a la importancia del mismo.
Este trámite es el proceso de compra de la vivienda en sí misma. A partir de ese momento, serás el propietario oficialmente de la vivienda.
Pago de impuestos
Al escriturar la compraventa te verás obligado a pagar una serie de impuestos, que dependen en primer lugar de la comunidad autónoma donde se encuentre el inmueble y en segundo lugar de si la vivienda es nueva o por el contrario es de segunda mano.
En caso de que sea obra nueva se debe pagar el IVA además del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (Este último varía en función de la ubicación), haciendo distinciones entre comunidades autónomas, oscilando entre el 1% y el 1,5%
Si por el contrario se trata de una vivienda de segunda mano se deberá hacer el pago correspondiente al impuesto de transmisiones patrimoniales, que también sufrirá algunas variaciones dependiendo de lo que dicten las autonomías, oscilando entre el 6% y el 10%.
Inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad
Una vez se haga efectiva la firma de la compraventa que te convierte en propietario, dispondrás de sesenta días naturales para realizar dicha inscripción en el registro.
Dicho trámite acarrea un coste asociado que supone un porcentaje pequeño del precio de venta, esta gestión puede realizarla la propia notaría donde se firma la escritura.
Una vez hecha efectiva la inscripción, aparecerá dicho cambio de titular en el Catastro.
Solicita el alta de suministros
Una vez se tienen estas gestiones realizadas,contamos ya con la propiedad de la vivienda, por ello, no debemos olvidar solicitar el alta de los suministros básicos de luz, agua y gas, esto también dependerá de la naturaleza de la casa; no supone lo mismo en una vivienda nueva, donde se debe dar de alta la luz por primera vez así como el resto de suministros a el caso de que la vivienda sea de segunda ocupación, donde se debe realizar simplemente un cambio de titularidad, que generalmente será más sencillo que partir desde cero. En cualquier caso, es importante buscar siempre la opción que más concuerde con nuestras necesidades y estilo de vida ya que existen multitud de tarifas distintas.
Para el caso de que la vivienda sea de obra nueva, los pasos a seguir para contratar el servicio eléctrico seguirán este orden: en primer lugar debemos ponernos en contacto con una comercializadora de luz y solicitar el alta del suministro eléctrico, debemos saber cual es el tipo de instalación eléctrica con el que cuenta la vivienda y presentar la documentación necesaria para cumplir los requisitos, se debe elegir una potencia adecuada a nuestro modo de vida y seleccionar la tarifa que mejor se adapte a nosotros.
En el caso del gas sucede algo parecido; las viviendas nuevas, no cuentan con acometida de gas, por lo que debemos solicitar a la distribuidora su instalación, la empresa de gas elegida será quien se encargue de gestionarlo con la distribuidora para que se realice este paso con el nuevo cliente.
Cada día son más las compañías que ofrecen este tipo de servicios, generando una mayor competencia, lo cual siempre favorecerá al consumidor en cuanto a precios y condiciones, pero debemos tener en cuenta que en los últimos tiempos, se han producido desajustes del precio a todos los niveles, especialmente en el sector
energético, por lo que cobra mayor sentido el hecho de comparar minuciosamente el precio del gas ofrecido por las distintas comercializadoras, pues así obtendremos la oferta que mejor se adapte a nosotros.
La solicitud del servicio de agua es la más sencilla de todas, ya que solo se debe acudir a la oficina de servicio público correspondiente, rellenar un formulario y entregarlo, aportando los documentos necesarios, que son: la escritura de la vivienda,identificación personal,los datos bancarios de quien solicita y el boletín del instalador (que se podrá solicitar a un fontanero que se encuentre autorizado).
