Ref AAD18-12sevilla edif1,2
Edificio residencial en venta Sevilla ciudad , con tipología “Edificación en Manzana (M)”, la superficie catastral de la parcela es de 198,20 m2, siendo la altura máxima permitida de 4 alturas (PB+III).
Es obligatorio alinearse a medianerías y fachada, permitiéndose retranqueos en las plantas intermedias de forma que no tengan una longitud mayor de 5 metros y las medianerías queden ocultas. Las dos últimas plantas pueden tener un retranqueo libre.
En la planta baja permiten una ocupación del 100% de la parcela cuando sea uso no residencial. Si el uso es residencial, la ocupación máxima es del 80% de la parcela. En el resto de planta, permiten hasta un 80% de la superficie de la parcela.
En planta sótano permiten un 100% de la ocupación, aunque salgan más plazas de aparcamiento que las permitidas por la norma, por lo que se podrían usar los 198,20 m2.
Con un total de 634,24 m2
La edificabilidad máxima de la zona es de 3,2 m2t/m2s, lo que aplicado a los 198,20 m2 de la parcela resulta una superficie construida máxima de 634,24 m2. Dado que este criterio es más restrictivo, 634,24 m2 será la superficie máxima a considerar.
En cuanto a la densidad de viviendas tenemos:
VIVIENDA LIBRE = superf. máxima / 85 = 7,46 = 8 viviendas
REHABILITACIÓN = superf. máxima / 75 = 8,45 = 9 viviendas
Los usos permitidos son: residencial (unifamiliar y plurifamiliar), talleres artesanales en planta baja, servicios avanzados, pequeño y mediano comercio en planta baja y primera (en edificios no exclusivos), oficinas en planta baja y primera, despachos profesionales y servicios personales en todas las plantas y hoteles en planta baja, primera y segunda (en edificios no exclusivos). Los equipamientos y servicios públicos se permiten en todas sus clases y tipos.
Precio: 1,2 mill de €
Edificio residencial en venta Sevilla ciudad , con tipología “Edificación en Manzana (M)”, la superficie catastral de la parcela es de 198,20 m2, siendo la altura máxima permitida de 4 alturas (PB+III).
En la planta baja permiten una ocupación del 100% de la parcela cuando sea uso no residencial. Si el uso es residencial, la ocupación máxima es del 80% de la parcela. En el resto de planta, permiten hasta un 80% de la superficie de la parcela.
En planta sótano permiten un 100% de la ocupación, aunque salgan más plazas de aparcamiento que las permitidas por la norma, por lo que se podrían usar los 198,20 m2.
Con un total de 634,24 m2
La edificabilidad máxima de la zona es de 3,2 m2t/m2s, lo que aplicado a los 198,20 m2 de la parcela resulta una superficie construida máxima de 634,24 m2. Dado que este criterio es más restrictivo, 634,24 m2 será la superficie máxima a considerar.
En cuanto a la densidad de viviendas tenemos:
VIVIENDA LIBRE = superf. máxima / 85 = 7,46 = 8 viviendas
REHABILITACIÓN = superf. máxima / 75 = 8,45 = 9 viviendas
Los usos permitidos son: residencial (unifamiliar y plurifamiliar), talleres artesanales en planta baja, servicios avanzados, pequeño y mediano comercio en planta baja y primera (en edificios no exclusivos), oficinas en planta baja y primera, despachos profesionales y servicios personales en todas las plantas y hoteles en planta baja, primera y segunda (en edificios no exclusivos). Los equipamientos y servicios públicos se permiten en todas sus clases y tipos. CE G
Precio: 1,2 mill de €